miércoles, 19 de septiembre de 2012

Carta para dirigir a la Gerencia de Urbanismo sobre posibles irregularidades en la demolición del nº8 de la calle Postigo. de Arance


Tras la demolición de la casa barroca de la calle Postigo de Arance nº8 hemos descubierto que el inmueble estaba registrado en el propio PGOU como "Inmueble con Pinturas Murales". Así tras la aprobación definitiva del plan en 2011, todos los inmuebles que albergaban estos programas decorativos pasaban automáticamente a contar con una Protección Arquitectónica de Grado II, es decir que se deben conservar determinados elementos de los mismos y ser integrados en las nuevas promociones.

Por ello vamos a dirigir una carta a la Gerencia de Urbanismo para conocer si se han realizado las pertinentes catas destinadas a localizar la presencia de pinturas murales en la fachada y si se han extraído otros elementos de la misma como balcones y rejerías.

Les dejo un posible modelo que pueden presentar directamente en el registro de la Gerencia de Urbanismo en el Paseo de Antonio Machado nº12. Les pido disculpas por el cambio de formato del documento al publicarse en el blog.



Nombre y apellidos: ...
DNI: ...
Dirección: ...
                                                                                                                                                         Don Javier Gutiérrez Sordo.Gerente
                                                                                                                                                         Paseo Antonio Machado, 12.                                                                               
                                                                                                                                                           
Como ciudadano de Málaga me dirijo a usted para mostrarle mi preocupación tras haberse demolido en las pasadas semanas el inmueble nº 8 de la calle Postigo de Arance de la capital, tal y como reflejaba el blog http://salvemos-malaga.blogspot.com.es/ el pasado día 18 de septiembre.

EXPONGO:

a)  Que es la Gerencia de Urbanismo el organismo municipal encargado de regir y de hacer cumplir la normativa urbanística además de expedir las correspondientes licencias de obras.
2) Que según del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga aprobado en 2011, los inmuebles que albergan pinturas murales tienen un grado de protección II.
3) Que según el título X, capítulo segundo, sección 6 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Málaga, el número 8 de la calle Postigo de Arance albergaba pinturas murales, por lo cual antes de llevarse a cabo cualquier tipo de intervención sobre la finca era obligatorio la realización de catas destinadas a la documentación de dichas pinturas, y en el caso de aparecer, su consolidación y puntual traslado durante las obras que afectasen al edificio.
               
SOLICITO:

a)       Conocer si dado que el inmueble ya ha sido demolido, si antes de otorgar la preceptiva licencia desde esta Gerencia se obligó a la propiedad a la realización de las pertinentes catas en su fachada para documentar la presencia efectiva de pinturas murales.
b)       Conocer  si en el caso de que efectivamente existiesen estas pinturas por qué desde esta Gerencia no se ha exigido la preservación de al menos la característica fachada barroca del inmueble, dado que la aparición de pinturas otorga de por sí una protección de Grado II al inmueble según la legislación vigente. De lo contrario se habría incumplido la normativa de protección del patrimonio histórico tal y como lo refleja la legislación.
c)       Conocer si se han preservado elementos originales del edificio antes de llevarse a cabo la demolición, como las susodichas pinturas, balcones y rejerías, además de posibles elementos decorativos de su interior


Le saluda atentamente.


En Málaga, a __ de Septiembre de 2012.




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